Por casi 85 días la empresa operó un pozo sin derecho de aprovechamiento de aguas, ubicado en el sector hidrogeológico de aprovechamiento común Peñuelas declarado área de restricción y mientras la región estaba con decreto de escasez vigente.
La Dirección Regional de Aguas (DGA) del MOP resolvió aplicar una multa de más de 43 millones de pesos a la Inmobiliaria Lagunas del Mar de La Serena, luego que el proceso de fiscalización arrojara que la empresa incurrió en la extracción no autorizada de aguas al menos durante 85 días para llenar la laguna artificial.
Cinthya Álvarez, directora regional de Aguas, señaló que Lagunas del Mar fue objeto de dos procesos de fiscalización: el primero, por una denuncia sobre la construcción de un pozo de agua para el llenado de piscinas. En la visita al lugar, se constató la construcción de un sondaje para gestionar una solicitud de cambio de punto de captación, por lo que se cerró el proceso por no existir una infracción al Código de Aguas.
El segundo proceso, el que resultó en la sanción de 43 millones a la inmobiliaria, se inició en noviembre de 2022, a partir de consultas de la ONG Elqui Verde, la Gobernación Regional, del alcalde y del concejo municipal de La Serena sobre el eventual uso de aguas que alimentan el humedal desembocadura del río Elqui para llenar la laguna.
Para verificar estas consultas, se realizó una primera visita inspectiva el 16 de noviembre de 2022, donde se estableció que el pozo de aguas subterráneas sí estaba habilitado, evidenciando una eventual extracción no autorizada de aguas.
«Fue un proceso riguroso, con una segunda visita inspectiva el 22 de noviembre a 18 puntos, advirtiendo que el canal Cruz del Molino no transportaba aguas, siendo que la empresa fiscalizada lo señaló como fuente para surtir la laguna», explicó Álvarez.
La directora regional de la DGA agregó que «la planta de tratamiento de agua, que supuestamente recibía aguas del canal, no estaba operativa; que no se registraba porteo de aguas desde el humedal y que el pozo fiscalizado anteriormente había sido deshabilitado, entre otras observaciones”.
En marzo pasado, la Dirección General de Aguas continuó con la fiscalización para demostrar desde dónde se abastecía la laguna artificial, ya que la inmobiliaria había indicado que la fuente de aguas superficiales estaba en desuso.
Por ello se realizó una nueva visita inspectiva el 11 de abril pasado, ocasión en la que desde la inmobiliaria se explicó que el abastecimiento de agua de la laguna lo realizaban a través de la sanitaria Aguas del Valle, para lo cual se habilitó un medidor y una tubería para entregar caudales mayores a un arranque domiciliario común, descartando además la existencia de alguna otra fuente de abastecimiento de aguas hacia las dos piscinas y laguna del complejo inmobiliario.
«Los medios de prueba presentados por la inmobiliaria resultaron parciales y erróneos, ya que informó volúmenes de aguas utilizados que no se condicen con la extensión de la laguna y los estados de cuenta de Aguas del Valle no pertenecían al medidor que abastece el sistema de piscinas y laguna del condominio», detalló Cinthya Álvarez.
«Igualmente, la empresa indicó que el inicio de la prueba de bombeo fue el 24 de agosto de 2022 y que solicitó el cambio de punto de captación el 28 de noviembre de 2022» finalizó la directora regional de la DGA.
Para definir la multa se consideró como agravante que el uso del pozo sin derecho de aprovechamiento de aguas se dio en el sector hidrogeológico de aprovechamiento común Peñuelas, declarado área de restricción, y estando vigente un decreto de zona de escasez.
La inmobiliaria descartó la acusación y resaltó que aún «proceden recursos administrativos y judiciales en contra de la multa que informa la DGA y que afectaría a la empresa, por lo que el comunicado que esta entidad pública envió hoy a los medios de comunicación es apresurado».
«Respecto al fondo del asunto, rechazamos las acusaciones que dan origen a la resolución de la DGA y estamos tranquilos, hemos actuado con absoluto apego a la normativa vigente», remarcó.