Comprar una vivienda suele ser uno de los logros más importantes en la vida
de las personas, significando además, un gran gasto de recursos. Por eso
mismo, cuando empiezan a aparecer fallas como filtraciones, grietas o
problemas eléctricos, el sueño de la casa propia se puede transformar en una
pesadilla.
Es aún más complejo cuando este tipo de desperfectos quedan en evidencia
en días de lluvias o frentes de mal tiempo como el que ya fue pronosticado
para los próximos días en varias regiones del país.
Ante esta realidad, el Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC) está
reforzando la información sobre los derechos que tienen las y los
consumidores cuando enfrentan problemas de construcción en sus viviendas.
En este sentido, es fundamental que la ciudadanía, sobre todo quienes ya
cuentan con su vivienda propia, conozca que existen plazos y
responsabilidades legales claras que deben ser respetadas por las
inmobiliarias y constructoras.
Según lo establecido en la Ley General de Urbanismo y Construcciones,
existen tres principales plazos:
● En el plazo de diez años: En el caso de fallas o defectos que afecten a
la estructura soportante del inmueble.
● En el plazo de cinco años: cuando se trate de fallas o defectos de los
elementos constructivos o de las instalaciones.
● En el plazo de tres años: Si hubiesen fallas o defectos que afecten a
elementos de terminaciones o de acabado de las obras.
Los plazos de prescripción se contarán desde la fecha de la recepción
definitiva de la vivienda por parte de la Dirección de Obras Municipales, con
excepción del plazo de tres años, que se contará a partir de la fecha de la
inscripción del inmueble a nombre del comprador en el Conservador de
Bienes Raíces respectivo.
La misma normativa detalla cómo se deben presentar las demandas
colectivas cuando hay problemas de calidad en las construcciones. Un
requisito clave es que deben ser al menos seis consumidores los afectados
para poder iniciar este tipo de acción legal.
Es así como, a partir de seis o más afectados por mala calidad de
construcción en un conjunto habitacional, SERNAC puede iniciar un juicio
colectivo bajo la Ley de Calidad de la Vivienda.
Para cualquier reclamo, las y los consumidores pueden ingresarlo a través de
SERNAC.cl, llamando gratuitamente al 800 700 100 y presencialmente en las
oficinas ubicadas en cada región.
